Compraventa
Desde nuestra asesoría podemos asegurar que 2017 ha sido un año en el que el número de operaciones se han incrementado, las entidades financieras continúan confiando en la farmacia, tenemos el Euribor en mínimos y los tipos de interés continúan siendo bajos.
A nivel informativo, también podemos destacar que hemos observado un incremento de nuevos compradores procedentes tanto de la industria farmacéutica como de la venta de una farmacia anterior, el perfil comprador por excelencia continúa siendo la mujer farmacéutica (en torno a un 70%) y las farmacias más demandadas son las urbanas, con local en propiedad, las que se dejan por jubilación, las que cuentan con una jornada laboral de ocho horas y las que tienen posibilidades de crecimiento.
Fiscal
2017 ha sido un año sin grandes novedades en el plano fiscal pero, podemos destacar que, en relación a la tributación de las oficinas de farmacia -dado que no ha movido ficha el Ministerio de Hacienda en materia de IRPF y, al no haber prácticamente incentivos fiscales para las Pymes-, se ha notado un incremento en la tributación en la misma.
Esto ha provocado la consecuente constitución de Sociedades Limitadas para la venta de parafarmacia porque ofrecen una serie de ventajas fiscales pero hay que cumplir una serie de requisitos. Es decir, necesitamos crear una estructura de negocio por sí misma, esto es, que tenga disponibilidad jurídica del local, personal propio, inmovilizado propio, cuenta corriente, TPV… Si no existe esta estructura, no existe actividad propia y corremos el riesgo de que la Agencia Tributaria nos la califique como una simulación y traspasen todo el beneficio al IRPF del farmacéutico.
Laboral
En el ámbito laboral la Ley 6/2017 de Reforma Urgente del Trabajo Autónomo aprobada a finales de octubre ha sido el asunto más notable porque introduce modificaciones de gran calado. Es reseñable la facilitación de la conciliación del trabajo con la vida familiar, la ampliación de las posibilidades de cambiar las bases de cotización o la ampliación de la tarifa plana. Asimismo, tal y como se deduce del articulado de la ley, se podrá compatibilizar la jubilación activa (antes de la reforma suponía el percibo del 50% de la jubilación) con el 100% de la jubilación, siempre y cuando se acredite la contratación de un trabajador por cuenta ajena en régimen general.
En cuanto a contrataciones a nivel general, durante 2017, podemos señalar que ha seguido la misma senda que en 2016, siendo los contratos eventuales los más numerosos y manteniéndose con la categoría de contratos ‘estrella’ los contratos en prácticas. Finalmente, en el año que estamos a punto de finalizar no ha salido aún publicado el convenio colectivo según el principio de ultractividad, el nuevo texto ya ha sido firmado pero aún estamos pendientes de la publicación del mismo y de que se produzca la subida salarial del 2%.
Jurídico
Los farmacéuticos colegiados han comenzado en este ejercicio a relacionarse de manera obligatoria por medios electrónicos con las Administraciones Públicas.
De cara al próximo ejercicio, en materia jurídica está la Ley de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Madrid, -pendiente de aprobarse-, que establece un nuevo marco regulador de la ordenación de la atención farmacéutica y de los establecimientos farmacéuticos instalados en la Comunidad de Madrid, acorde a la realidad sanitaria madrileña.
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DE ASEFARMA