El pasado 28 de noviembre fue publicada la nueva Orden de Precios de Referencia (OPR) y entró en vigor para las farmacias el día 1 de enero de 2019. Dicha Orden establece la revisión de precios de 15.741 presentaciones de medicamentos, de las que 12.825 son dispensables en farmacia y 2.916 en hospital.
Con dicha normativa, las oficinas de farmacia se enfrentan de nuevo a una bajada de precios de referencia de medicamentos.
Distribución contó con 20 días para poder seguir comercializando los productos que tenía en stock al precio antiguo mientras que la farmacia comunitaria tuvo la posibilidad de continuar con la venta de los medicamentos afectados hasta el 31 de diciembre “al precio de venta al público anterior a esta reducción, permitiéndose -por ley- hasta el último día del primer mes siguiente a la fecha de aplicación como en anteriores bajadas de precio”, con el fin de reducir en parte el impacto que esta normativa tiene en farmacias con stock previo. En esta ocasión, lo que no se ha hecho respecto a bajadas anteriores es actualizar el precio de algunas presentaciones con el fin de evitar que éstas sufran desabastecimientos cuando los costes de producción son superiores a los precios de venta que marca el Sistema Nacional de Salud, llegando a producir esta situación en el pasado la retirada de esos productos del mercado español.
Ya en los inicios de 2019, una vez que la nueva OPR ha entrado en vigor, en aquellas farmacias que no hayan logrado reducir el stock de productos comprados a precio antiguo previamente, llega el momento de tratar de compensar, en la medida de lo posible, la merma. ¿Cómo? Desde el departamento de Consultoría de Asefarma consideramos que “podrán hacerlo negociando con los laboratorios/proveedores estratégicos y trazando un plan de acción”. Aunque de primeras “quizás no nos ayudará a reducir el impacto que esta bajada supone a fecha de hoy, sí ayudará a gestionar mejor nuestro stock y mejorar la rentabilidad en el futuro”, explica Eva Ruiz, responsable del departamento.
A fecha de hoy, la forma de hacer frente a esta situación e intentar suavizar este impacto cuanto antes, es a través de una serie de recomendaciones, obvias pero esenciales:
• Es importante dar salida de forma preferente a todos aquellos medicamentos afectados por esta normativa antes de que finalice el presente mes.
• Trataremos de ahora en adelante de controlar y revisar de forma continuada el inventario de medicamentos: Realizar un inventario continuo ayuda a evitar el “sobrestock” de determinadas referencias que en un momento dado pueden ser prescritas con asiduidad, pero que “de la noche a la mañana” dejan de serlo o sufren una bajada de precios.
• Seleccionar el surtido en función de los acuerdos a los que se pueda acceder, estableciendo relación con aquellos proveedores de medicamentos (almacenes y laboratorios) que cierren condiciones de ‘sell in’ estables, si es posible anuales, pero teniendo en cuenta, por supuesto, dentro del acuerdo la existencia de condiciones favorables de ‘sell out’, como puede ser aquellas en las que dichos proveedores compensen a la farmacia las diferencias de precio que se acusen, por este tipo de normativa, por caducidad, etc.
• Llevar a cabo una gestión de compras optimizada de los medicamentos, a través de una categorización adecuada y un análisis previo a la compra, de cada referencia, dentro de su categoría, analizando la calidad euro de cada una para ajustar la compra a la venta, es decir, establecer las cantidades pedidas a las cantidades vendidas, en un periodo corto de venta que debe tratar de ajustarse siempre que sea posible a la fecha de pago.
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