Las farmacias son uno de los puntos sanitarios más cercanos a la población. Y desde que se decretara el estado de alarma el pasado 15 de marzo, uno de los pocos establecimientos que se permite permanezcan abiertos en España. Ya que son considerados por ofrecer un servicio indispensable a la población.
El estar abiertos cada día y atender consultas de algunos pacientes que incluso pueden estar enfermos cuando entran, hace que los farmacéuticos puedan contagiarse.
¿QUÉ DEBE TENER EN CUENTA EL FARMACÉUTICO TITULAR EN CASO DE QUE APAREZCA ALGÚN CONTAGIO ENTRE MIEMBROS DE SU EQUIPO O SEA ÉL MISMO QUIEN SE HA CONTAGIADO DE CORONAVIRUS (COVID-19)?
La primera es que tanto el titular como alguien del equipo observe que pueda tener síntomas de carácter leve y no sabe si tiene o no tiene la enfermedad porque no hay manera de que se haga un test. En este caso, la persona que presenta este tipo de síntomas se debe poner en cuarentena e ir observando su evolución. El resto del equipo deberá extremar tanto el cuidado como la limpieza. También deberán ir controlándose periódicamente, de manera que, al menor síntoma, se queden en casa.
Ahora bien, tras esta primera recomendación. Pasamos a detallar a continuación algunas de las situaciones que pueden darse en la farmacia durante esta pandemia y los protocolos anticontagio a seguir:
Situación A: EL TITULAR HA TENIDO CONTACTO CON UN CONTAGIADO DE COVID-19 O ÉL MISMO LO ESTÁ
Ante este escenario, el titular debería ponerse en cuarentena, pudiéndose dar dos situaciones distintas:
a) Si el titular es el único farmacéutico de la oficina de farmacia y no dispone de más personal con categoría profesional de farmacéutico y quiere continuar con la oficina de farmacia abierta al público debería nombrar a un sustituto que pueda dar continuidad al negocio tras haber desinfectado adecuadamente las instalaciones. Si no quiere nombrar a un sustituto o no le resulta posible, entonces no le quedaría más remedio que proceder al cierre voluntario de la oficina de farmacia. Este está permitido por la Ley de Ordenación Farmacéutica.
b) Si el titular dispone de más farmacéuticos en la plantilla y puede establecer turnos diferenciados de forma que los farmacéuticos de un turno no tengan contacto con los de otro. En caso de contagio de algún empleado o necesidad de aislamiento por contacto directo con alguna persona contagiada, siempre podrá disponer de personal farmacéutico que pueda atender la oficina de farmacia. Sin necesidad de recurrir al cierre y adoptando en todo caso las medidas higiénico sanitarias de prevención adecuadas para proteger al personal. De forma que no se vería en la necesidad de cerrar la oficina de farmacia.
Situación B: QUE ALGUIEN DEL PERSONAL HAYA TENIDO CONTACTO CON UN CONTAGIADO DE COVID-19 O ALGÚN MIEMBRO DEL EQUIPO LO ESTÉ
a) Si la persona contagiada ha tenido contacto directo con todos los empleados de la oficina de farmacia, incluido el titular sería recomendable que todos hicieran el aislamiento. Por lo que habría que gestionar la contratación de un sustituto, encontrándonos en el supuesto a) del apartado 1.
b) Si la oficina de farmacia dispone de más farmacéuticos en plantilla, dándose el escenario descrito en el supuesto b) del apartado 1. Tampoco habría necesidad de proceder al cierre de la oficina de farmacia.
La decisión de cerrar o no la farmacia es del titular, porque no hay ninguna directriz al respecto. Él deberá valorar la elaboración de un protocolo para disponer de plantilla suficiente que pueda cubrir las necesidades de la farmacia. De forma que se garantice el funcionamiento de la misma con el personal debidamente cualificado. Pues en caso contrario no le quedaría más opción que proceder al cierre voluntario.
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