Ley de Seguro Obligatorio de Enfermedad
Dentro del marco de la oficina de farmacia, el significado de las siglas SOE se corresponde con Seguro Obligatorio de Enfermedad. El Seguro Obligatorio de Enfermedad fue implantado en España a partir de 1942. Se trata del primer sistema de protección de enfermedad, de carácter obligatorio, establecido en nuestro país.
Con la implantación de este sistema se comenzó a proteger a los trabajadores y sus familias, en los casos de enfermedad común y maternidad. Este seguro ofrecía al trabajador una prestación de asistencia sanitaria. También una indemnización económica que compensaba la pérdida de retribución salarial, provocado por las situaciones anteriores. Al igual que de la indemnización de los gastos funerarios, en los casos de fallecimiento.
Es importante recalcar que en aquel momento este Seguro Obligatorio de Enfermedadpermitió ofrecer atención sanitaria a una parte de la población que hasta entonces carecía de ello. Y supuso las bases de la prestación sanitaria del último cuarto del siglo pasado.
La Ley del Seguro Obligatorio de Enfermedad, de 14 de diciembre de 1942 constituyó este sistema de protección para los trabajadores bajo la tutela. Como entidad gestora de la prestación del Instituto Nacional de Previsión (I.N.P.), creado en 1908 como organismo de protección social de España.
Atención sanitaria SOE
La prestación de atención sanitaria establecida en el Seguro Obligatorio de Enfermedad engloba la prestación farmacéutica. Ésta comprende los medicamentos y productos sanitarios. Así como el conjunto de acciones encaminadas a que los pacientes los reciban de forma adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis precisas según sus requerimientos individuales. Siempre durante el periodo de tiempo adecuado y al menor coste posible, tanto para ellos como para la comunidad.
Partiendo de este punto, podemos definir el SOE de la farmacia como aquellos medicamentos, efectos y accesorios y vacunas individualizadas que resuelvan su financiación y condiciones de dispensación en el Sistema Nacional de Salud. Y que hayan sido autorizados y registrados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios. O de acuerdo con lo dispuesto por las Normativa Europea que establecen los procedimientos comunitarios para la autorización y control de los medicamentos de uso humano.
Dentro de esta definición se incluyen también las fórmulas magistrales y preparados oficinales elaborados por la oficina de farmacia de acuerdo con lo que establece el Formulario Nacional y la Real Farmacopea Española. Así como las normas para su correcta elaboración y control de calidad, en base a las condiciones establecidas en los conciertos entre las administraciones sanitarias autonómicas y las oficinas de farmacia.
Ventas SOE en farmacia
De esta forma, podemos concluir que las ventas de SOE suponen una cierta garantía para la farmacia, ya que se trata de ventas más o menos seguras debido a que los clientes/pacientes seguirán acudiendo a su farmacia de referencia para adquirir el tratamiento que tengan pautado. El SOE incluye fármacos y otros productos farmacéuticos necesarios para el cuidado de la salud y que requieren prescripción o recomendación médica.
Por último, cabe mencionar también que cada oficina de farmacia se encuentra identificada por un número de SOE, el cual es otorgado por la administración sanitaria competente